sábado, 20 de junio de 2009

Derecho penal I- UIGV

14 comentarios:

Giampier Cavero P. dijo...

La combinación de las leyes penales esta relacionado al principio de favorabilidad de la ley penal, si bien es cierto nuestro ordenamiento jurídico prohíbe la aplicación retroactiva de las normas, Sin embargo hay una excepción a esta regla, la que permite la aplicación de la retroactividad sólo en materia penal, cuando le favorece al reo.

Estuve investigando y encontré que, un sector de los magistrados de las Salas Penales de la Corte Suprema de la República, en la interpretación del artículo sexto del Código Penal señalan como fundamento en su aplicación, que en el “PRINCIPIO DE COMBINACIÓN DE LEYES PENALES”, se toma lo más favorable de las normas aplicables al caso. En aplicación de la llamada (interpretación integradora),es decir se compone en una sola norma lo mas beneficiosa de cada una de las leyes en comparación.

A mi parecer la combinación de las leyes penales es algo que no existe ni debería existir puesto que iría contra el principio de legalidad y que aparte de constituirse en una ley tertia, tomando lo mas beneficioso de varias leyes, se estaría desnaturalizando la ley en su sentido histórico.

La actual constitución vigente de 1993, ya no habla de LO MAS FAVORABLE al reo como lo hacia la derogada constitución de 1979, sino mas bien de LA LEY MAS FAVORABLE. Es decir, la ley como unidad integra para compararse con otra ley y así aplicar de esta comparación la ley mas favorable, respetando de ésta manera, al principio de unidad de la ley.

Giampier Cavero P. dijo...

Giampier Cavero Palomino

juan9302009 dijo...

hola muy buenos dias mi nonbres juan yauricasa luna salon c aula302
mi comentario es el siguiente

LA CONBINACION DE LEYES PENALES
El principio de combinacion de las leyes penales nos señala lo siguiente: Que , para el beneficio del reo debe escogerse la solución más favorable , se ha de considerar como hipoteticamente coexistentes las leyes que se han susedido desde el momento que se dio el delito,para salvaguardar los derechos del reo deverá conparárselas en concreto o en bloque para que de esa manera poder buscar en la manera mas posible una consecuencia menos gravosa.

El juzgador debe de tomar lo mas favorable de cada una de las leyes aplicables para favorecer al reo.

juan9302009 dijo...

hola soy marco antonio garcia apolinario salon c aula 302
mi comenatario es el siguiente

La conbinacion de leyes penales está relacionada con el prinncipio de favorabiliodad de la ley penal por que permite el uso de la retroactividad de las normas solo en casos especiales. como por ejenplo la retroactividad solo es aplicable en casos de materia penal.
por que permite apilcar la norma más beneficiosa de cada una de las leyes al reo.

la cosntitución actual y q se encuentra vigente desde 1993 permite el uso de alpilación de la ley integra para conparación de otra ley y así aplicar de esta conparacion la ley que posea mayor contenido legislativo.

shirley vasquez quiroz dijo...

shirley vasquez quiroz
aula 302 - mañana

si bien es cierto nuestro ordenamiento jurídico prohíbe la aplicación retroactiva de las normas, Sin embargo hay una excepción a esta regla, la que permite la aplicación de la retroactividad sólo en materia penal, cuando le favorece al reo.
“principio decombinacion de leyes penales”, se toma lo más favorable de las normas aplicables al caso.
Es decir, la ley como unidad integra para compararse con otra ley respetando al principio de unidad de ley.

juan9302009 dijo...

Hola profesor ,soy el alumno JUAN YAURICASA LUNA que vino de traslado por tal motivo es la demora de mi trabajo y el problema ya expuesto a su persona.Gracias por su comprención

BIEN JURIDICO :
1)¿A qué se refiere el autor cuando alude a la "parábola involutiva" de la teoría del bien jurídico y su relación con la funcion critica del bien juridico?



Desde mi óptica personal el autor señala a la parábola involutiba como un retrazo para la norma debido uqe no frenaba la arbitrariedad legislativa , si no estaba incrementando la figura delictiva como se refiere el autor la "INFLACION PENAL" y el dictado de nuevas leyes penalea incriminatorias.


con el otro término de esa primogenia función crítica o de garantia ,el autor expresa si verdaderamente esa norma tiene un bien jurídico MERECEDOR DE PROTECCION.


La parábola involutiva no se ha utilizado para reducir la potestad del estado ni el exeso contra las personas ,sino para legitimar cada figura delictiva ,es por ello los juristas han recurrido a la busqueda de un bien jurídico toda vez que esto sea necesario EN PROTECCIÓN DE ELLO .



2)¿Cuál es la función dogmática o teleologica del bien jurídico penal?
La función dogmática y teleólogica del bien jurídico es de proteger a la norma en SÍ;de todo punto de vista , desde sus presupuesto y sus consecuencias jurídica.

Los tipos penales protegen un bien jurídico por ejemplo:si una persona mata a otra su similar el bien jurídico protege a la vida quitándolo la pena privativa de libertad al autor del hecho.


La dogmática penal como afirma Muños Conde , no puede ser una ciencia ,poque no se trata de cómo hemos de consevir el mundo ,sino como hemos de actuar en él.

Enzo Anthony dijo...

El principio de Combinación de Leyes Penales es un atentado contra el principio de Legalidad, si bien se tiene que el mencionado principio de combinaciòn favorecerà al procesao o reo, no se tiene en consideracion que se crearà una nueva ley para favorecerlo tomando los dispositivos de sucesivas leyes que tratan con menos intensidad la pena, violando el principio de legalidad.
El criterio que se tiene que aplicar en un conflicto de leyes penales, es que la ley que pena con menos intensidad al bien juridico libertad sea la aplicable.

sarita dijo...

la combinacion de leyes penales esta destinado a favorecer el reo, seleccionando los dispositivos de sucesivas leyes que mas favorezcan al procesado, creando una nueva ley "tertia", violando de esta manera el principio de legalidad. En el Perù esta consagrado la retroactividad benigna. En el supuesto de que haya un conflicto de leyes se eligira la ley que trate con menos intensidad el bien jurìdico de la Libertad.

sarita dijo...

SARITA COBEÑAS CORDOVA AULA 302
TURNO MAÑANA.

jimenez dijo...

victor jimnez alca

la combinacion de leyes : parte del supuesto de que existen como minimo dos leyes de las cuales se toma la mas favorable de cada una de ellas para crear una nueva norma penal .esto sin embargo va en contra del principio de legalidad pues estaria utilizando funciones resevadas al congreso creacion de leyes quienes admiten esta combinacion de leyes dicen que se amparan en el principio constitucional de los mas favorable al reo

omar dijo...

en el derecho penal existe las llamadas leyes penales en blanco en nuestro cod penal tenemos Art 232, 234, 304 entre otros.

alumno: rojas silva omar
ciclo: III "C"
turno: mañana
curso: derecho penal
UIGV

Unknown dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Unknown dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Unknown dijo...

Las leyes penales que encontré en el código penal son los siguientes artículos:
307 y 272, entre otros.

Alumno: Walter Javier Sánchez Tejada
Ciclo: III "C"
Turno: Mañana
Curso: Penal I
UIGV