sábado, 2 de mayo de 2009

Derecho penal V-UIGV

Se ha señalado que la realización de actos contaminantes contando con licencia administrativa excluye la responsabilidad penal por ser parte del riesgo penalmente tolerado

¿Qué ocurre cuando dicha licencia se obtuvo como consecuencia de un acto ilícito (soborno)?

¿Es necesario esperar que el acto administrativo sea formalmente declarado nulo?

5 comentarios:

fernando zarate dijo...

los efectos que tendria serian obviamente algun daño o desorden del medio ambiente ya que si se recurre a sobornos para obtener un permiso uno sabe que esta infringiendo normas aqui la autoridad administrativa creo yo debe ser investigada y sancionada , tambien la empresa que soborno para obtener el permiso (cohecho )

ALLAN VEGA R. dijo...

Bueno ante todo muy buenas tardes,con repecto al tema del caso luchetti,es claro que hay arreglo bajo la mesa puesto que era de conocimiento que dicha area donde se encuentra la planta de producion era un area protegida, motivo po el cual, las partes participantes deberan ser sancionadas y dicho contrato quedar nulo puesto que nacio viciado.

diegoalexis dijo...

susede que desde un principio existe la corrupcion de funcionarios desde el momento que en que es corrunpido,ocaciona y/o genera daño al medio ambiente o desde que se atente contra los limites establecidos ya sea desde el vertido de productos toxicos por decir a un rio, las sanciones administrativas muchas veces no son las mas adecuadases por eso comno ultima ratio se recurre al derecho penal con la figura de la ley penal en blanco la cual es aplicada despues de aver agotado la via administrativa en cuanto a los efectos son irremediables , (...)

Itala dijo...

Respecto a la primera pregunta, se incurre en un delito doloso, ya q se sabia q dicho acto era ilicito..la administracion competente realizara un informe para asi delegar responsabilidades y sanciones.Pero dicha licencia sera anulada, al ser obtenida de forma ilegal.

William Mantilla dijo...

Si la licencia fue obtenida por medios de soborno previamente deberá existir una denuncia formal y la instauración de un proceso administrativo y esperar el resultado de esto proceso, luego seguramente la misma autoridad remitirá la documentaciòn necesaria al Ministerio Público para que se formalice la denuncia previa investigación, esto si se llegó a probar el supuesto soborno.